El juzgado tercero de distrito consideró ilegal la integración del órgano de control del Poder Judicial morelense y ordena reponer el proceso
Por tercera ocasión, un juez de distrito declaró la invalidez de la elección de dos de tres integrantes de la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina del Poder Judicial del Estado de Morelos porque no se cumplió con el quórum necesario para llevar a cabo la designación.
Al resolver el juicio de amparo 844/2019, el Juzgado Tercero de Distrito concedió la protección de la justicia federal a la magistrada y ex presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Nadia Luz Lara Chávez, quien impugnó el nombramiento de su homóloga Elda Flores León y de Alejandro Becerra Arroyo como representantes de los magistrados y jueces, respectivamente, en el órgano colegiado que sustituyó al extinto Consejo de la Judicatura.
Con argumento similares a los sostenidos por el Juzgado Segundo de Distrito, que concedió el amparo a las magistradas Bertha Rendón Montealegre y Rocío Bahena Ortiz, el Juzgado Tercero de Distrito resolvió que el acuerdo dictado en sesión ordinaria del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado el 3 de junio de 2019 “no reunió los requisitos que para su integración y poder de decisión establecen los numerales 86, 93 de la Constitución Política del Estado de Morelos, 27 párrafo segundo, 28 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Morelos y 17 de su Reglamento”.
Recalcó que estas disposiciones establecen que la decisiones en el Pleno del TSJ deberán ser tomadas por mayoría de votos y tendrán validez con la asistencia de por lo menos las dos terceras partes de los magistrados (doce magistrados), lo que implica que el quórum debe cumplirse no solo al inicio de la sesión sino también al momento de la votación de los acuerdos.
En este caso, el juzgado de distrito señaló que ilegalmente se aprobó el acuerdo de designación de un magistrado y un juez de primera instancia para integrar la Junta de Administración, Vigilancia y Disciplina, con “tan solo nueve magistrados, pretendiendo que la decisión la tomó el Pleno del Tribunal, caería en el extremo, de que las decisiones del Pleno del Tribunal, a decisión unilateral de su presidente, incluso se puedan tomar con un quórum no establecido por la ley”.
“En esas circunstancias, al no haberse respetado las formalidades establecidas en la ley, para que el Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, en la sesión ordinaria de tres de junio de dos mil diecinueve, (…) lo que procede es conceder el amparo y protección solicitados, para que la Magistrada Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Morelos, y demás autoridades responsables vuelvan las cosas al estado en que se encontraban al momento en que ocurrió la violación alegada y así restituyan a la parte quejosa en el pleno goce de las garantías individuales que les fueron transgredidas”.
Aún se encuentran en curso varios juicios de amparo promovidos por magistrados del bloque opositor a la magistrada presidente del TSJ, María del Carmen Cueva López.
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Publicado en Política
Maciel Calvo
Maciel Calvo