La Mesa Directiva argumentó que el recinto no está en posibilidades de sesionar
Esta decisión se asume con base en la emergencia sanitaria del covid-19
Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, argumentó que el recinto “no está en posibilidades de retomar sus funciones”; esto, pese a las querellas de algunas de sus homólogas (que demandaban la aprobación de la ley contra la violencia política de género).
Luego del receso de la sesión ordinaria de Pleno del Congreso (el pasado viernes 29 de mayo), el presidente de la Mesa Directiva, Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, argumentó que el recinto “no está en posibilidades de retomar sus funciones”; esto, pese a las querellas de algunas de sus homólogas (que demandaban la aprobación de la ley contra la violencia política de género).
Por medio de un comunicado, el legislador adujo que estas decisiones se asumen conforme a la propagación de la pandemia de covid-19: “… para mitigar el contagio de la enfermedad en el territorio morelense, exhortando a la base trabajadora y a la población de Morelos de continuar con las medidas de higiene y sana distancia establecidas y reiterando que deben mantenerse en resguardo domiciliario y manteniendo el aislamiento social, para evitar que el contagio del virus se mantenga en el ritmo acelerado que prevalece…”.
Asimismo, manifestó el panorama indica “que se regresará de forma paulatina a las actividades sociales, educativas y económicas, debido a la cantidad de contagios y al índice de letalidad, por lo que es momento de continuar exhortando a la población de seguir con las medidas sanitarias para mitigar el contagio de la enfermedad y, en ese sentido, el Congreso del estado atenderá sus funciones con los recursos humanos indispensables en los trabajos que desarrolla en beneficio de los morelenses”.
Precisó que el 14 de mayo de 2020, el gobierno de la República publicó -en el Diario Oficial de la Federación-, el acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones, a fin de evaluar “el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias”.
Expuso que en ese documento “se implementa un sistema de monitoreo que permita la evaluación semanal del riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades de manera gradual, ordenada y cauta”.
Ponderó que el Ejecutivo, el 27 de mayo de 2020, en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5827, publicó el acuerdo de la Secretaría de Salud, por el que se establece la implementación de una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas; dispone -en el artículo segundo- que ésta consiste en la “reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta para los sectores público, social y privado, considerando que respecto de las tres etapas que determinó la Secretaría de Salud Federal aplicarán para el Estado de Morelos, la etapa 2 y 3”.
“La fase 2, contemplada del 18 al 31 de mayo del año en curso, es de preparación para la reapertura de actividades para aquellos municipios del Estado, que, conforme al sistema de semaforización determinado por la Secretaría de Salud Federal, se encuentren en condiciones óptimas para ello, de conformidad con lo establecido en los “Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el entorno Laboral” emitido por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y en las disposiciones de “La nueva normalidad” expedidas por el Gobierno de México, entre otras”.
“Asimismo, la fase 3 se inicia de conformidad con el sistema de semaforización por regiones y municipios para la reapertura de actividades públicas, sociales, educativas y económicas, según se determine por las autoridades sanitarias federal y estatal, atendiendo a la baja o nula trasmisión del virus covid-19 en el estado”, acotó.
En tal caso, dijo que el Congreso (atendiendo al artículo tercero del acuerdo aprobado por la Junta Política y de Gobierno y confirmado por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de fecha 20 de marzo de 2020, en el que se señala puntualmente que la suspensión de labores podrá modificarse atendiendo a las circunstancias y protocolos que sean establecidos por las autoridades de salud; medida de suspensión que es necesario modificar por lo referido en párrafos anteriores, a saber) determina “mantener y extender la suspensión de labores hasta el 15 de junio de 2020, precisando que este Congreso continuará con las actividades legislativas y parlamentarias, llevando a cabo las sesiones ordinarias que correspondan y tomando en consideración las medidas sanitarias recomendadas por los gobiernos federal y estatal”.