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Tras dos años, Congreso solventa deuda de 82 mdp

Así lo informó este órgano colegiado. Adujo que se ha estado haciendo lo mismo en torno a los adeudos pendientes con distintos proveedores, así como al Instituto Mexicano del Seguro Social.

De las omisiones y desvío de recursos por parte de las exdiputadas Beatriz Vícera Alatriste y Hortencia Figueroa Peralta, recordó qué hay cinco denuncias radicadas en la fiscalías General del Estado y Especial en el Combate a la Corrupción.

Como es del conocimiento de la opinión pública, en febrero de este año, la Presidencia de la Mesa Directiva hubo expresado que, luego del cierre del año fiscal, coadyuvaron a disminuir, en 80 por ciento, el monto antes descrito. Y así paulatinamente… hasta llegar esta fecha.

Entonces, algunos asambleístas mencionaron que el parlamento anterior los dejó en una “crisis”, que tuvieron que manejar conforme a una estrategia definida. En una infografía, enviada desde la instancia mediática del recinto, se decía: “Se saldó la deuda millonaria que dejó la legislatura anterior… ¡Cumpliéndole a Morelos!”.

Cabe decir que, en septiembre del 2918, fue instalada esta comisión, presidida por la parlamentaria mencionada en esta nota informativa. Ésta se comprometió a “resolver” las pensiones doradas y poner un “castigo a los responsables” … Fueron otorgadas por sus antecesores, utilizando documentos “apócrifos”, según se constató con el paso del tiempo y las indagaciones oficiales.

En la página virtual de este poder, en el tópico de “pasivo” correspondiente al primer trimestre de este año, se lee: “Cuentas por pagar a corto plazo. Son los compromisos adquiridos con los proveedores y por las obligaciones a cargo de la Legislatura de las adquisiciones de materiales e insumos así como la prestación de servicios para la operación de la misma, atendiendo en su caso los compromisos de pago establecidos en los contratos de compra o prestación de servicios; así como la provisión de los Impuestos sobre la renta y obligaciones consolidadas que se conforman por los importes retenidos al personal administrativo, sindicalizado y pensionado, por las remuneraciones por un trabajo personal subordinado previsto en el Título IV, Capítulo I, artículo 94, fracción I, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así como por importes retenidos a personas físicas por la prestación de servicios profesionales independientes, y que asciende, al 31 de Marzo del 2020, a la cantidad de $ 11,186,495.98 (Once Millones Ciento Ochenta y Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Cinco Pesos 98/100 M.N.), el cual representa el 100.08 por ciento del total de pasivo circulante…”.

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