El tribunal ratifica retiro de candidaturas a los abanderados de Morena a Guerrero y a Michoacán; las votaciones, 6-1 y 5-2, respectivamente.
Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) negó los registros por seis votos a favor y uno en contra a Félix Salgado Macedonio, y cinco a favor y dos en contra a Raúl Morón como candidatos a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán, respectivamente.
Luego de ser notificado de las sentencias, Morena deberá sustituir al candidato a gobernador de Guerrero en 48 horas y al abanderado de Michoacán deberá nombrarlo en un máximo de cinco días.
Indalfer Infante, Mónica Aralí Soto, Jeanine Otálora, Felipe de la Fuente, Felipe Barrera, Reyes Rodríguez sumaron los votos suficientes para retirar el registro al senador guerrerense con licencia. El único voto en sentido contrario fue del presidente del tribunal, José Luis Vargas Valdés, quien consideró que “si la justicia existe, tiene que ser para todos. Nadie puede quedar excluido, de lo contrario ya no sería justicia”.
Se ha argumentado públicamente a favor del derecho a ser votado, pero poco se ha hablado públicamente del otro principio que está en juego en estos asuntos y que es el principio de rendición de cuentas
Janine Otálora
Magistrada
Esto porque consideró que el Instituto Nacional Electoral (INE) no cumplió con la interpretación que le mandó el TEPJF.
“De una interpretación conforme con el texto constitucional, de la hipótesis de omisión de entrega de informes de precampaña dispuesta en el artículo 229 de la LGIPE, permitía concluir que la sanción de pérdida o cancelación de registro no debió ser aplicada de forma automática en todos los casos”, estimó Vargas Valdés.
Janine Otálora, la única que siempre se mantuvo firme en su decisión de eliminar el registro de Félix Salgado, destacó que “el derecho debe prevalecer sobre la política y no la política sobre el derecho”.
Es una solución que nos permite garantizar como jueces constitucionales los principios de rendición de cuentas, la transparencia y la equidad en la contienda
Reyes Rodríguez Mondragón
Magistrado
Agregó que en la defensa de los candidatos se esgrimieron los derechos de votar y ser votado, pero se dejó de lado la garantía ciudadana de conocer el destino de sus impuestos.
“Se ha argumentado públicamente a favor del derecho a ser votado, pero poco se ha hablado públicamente del otro principio que está en juego en estos asuntos y que es el principio de rendición de cuentas y la importancia del modelo de fiscalización en el sistema electoral”, indicó.
En su oportunidad Felipe Fuentes Barrera se pronunció a favor de quitar el registro a Félix Salgado porque esa decisión permitirá enviar un mensaje a los candidatos de que están obligados a rendir cuentas a los ciudadanos.
El candidato Incumplió con su obligación de presentar su informe de precampaña de manera deliberada y dolosa
Mónica Soto
Magistrada
“La rendición de cuentas no es mera cuestión de trámite, sino que es una exigencia de carácter social. Todo el que aspire a gobernar en cualquier cargo de elección popular y administrando los recursos de una sociedad debe actuar con transparencia y habituarse a rendir cuentas a la ciudadanía ya que esas obligaciones son la base del ejercicio del poder”, resaltó.
En tanto, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón estimó que la revisión que el proyecto para sancionar a Salgado Macedonio sirvió para garantizar equidad.
“Es una solución que nos permite garantizar como jueces constitucionales los principios de rendición de cuentas, la transparencia y la equidad en la contienda”, destacó el magistrado.
La pérdida del registro atiende a la gravedad de la falta, no se trata del monto involucrado sino a la total falta de rendición de cuentas
Felipe de la Mata
Magistrado
Por su parte, la magistrada Mónica Soto apoyó la cancelación del registro para Salgado Macedonio, bajo el argumento de que se trató de una falta grave y actuó de forma dolosa.
“El candidato Incumplió con su obligación de presentar su informe de precampaña de manera deliberada y dolosa, particularmente debo mencionar que en el momento en que se inició el procedimiento fiscalizador el precandidato estaba obligado a presentar el informe correspondiente, pero se limitó a contestar que no era precandidato y que el partido había dicho que no realizaría actos de precampaña”, dijo.
En cambio, Soto Fregoso defendió su proyecto en el caso de Raúl Morón, en el cual insistió en que el INE no aplicó el mismo criterio para sancionar al candidato a gobernador que al partido Morena, aunque sí consideró que ambos tienen el mismo grado de responsabilidad en el incumplimiento de la fiscalización.
Agregó que la sanción no se corresponde con la falta cometida, por lo que se pronunció por regresar este asunto al INE para que de nueva cuenta evalúe el caso y aplique una nueva pena, pero no podrá incluir la pérdida del registro.
En respuesta Felipe de la Mata consideró que el tribunal estaba resolviendo si cometieron o no la falta, y el monto que no reportaron era irrelevante.
“La pérdida del registro atiende a la gravedad de la falta, no se trata del monto involucrado sino a la total falta de rendición de cuentas”, concluyó el magistrado.