Los ministros garantizaron el derecho al libre desarrollo de la personalidad; Cofepris otorgará permisos individuales a los consumidores
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso lúdico y recreativo de la mariguana, luego de que el Congreso de la Unión no cumpliera con su obligación de aprobar una ley que regule el tema.
Con ocho votos a favor, con un cambio de criterio de último minuto del ministro Luis María Aguilar Morales, la Corte dejó sin efecto cinco artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, los cuales sancionan con pena de prisión la posesión de más de cinco gramos de mariguana.
Tras el fallo, la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) estará encargada de conceder permisos individuales, a mayores de 18 años, para adquirir, sembrar, cultivar, cosechar, preparar y transportar cannabis para uso personal.
“Hoy es un día histórico para las libertades, después de un largo camino esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico y recreativo de la mariguana”, consideró el presidente del máximo tribunal del país, Arturo Zaldívar.
Quitan prohibición a mariguana lúdica
Cofepris dará permisos para su siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte.
Con un cambio de criterio de último minuto del ministro Luis María Aguilar Morales, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alcanzó los ocho votos para eliminar la prohibición absoluta del uso lúdico y recreativo de la mariguana.
De esta forma se autorizó la expedición generalizada de permisos individuales para el consumo recreativo de la mariguana, luego de que en el Congreso de la Unión no se alcanzó un criterio para aprobar una ley que regule esta materia.
Al aprobar los efectos de la resolución elaborada por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, se estableció que ahora será la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la que concederá los permisos individuales, a mayores de 18 años, para adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de la cannabis.
“Hoy es un día histórico para las libertades, después de un largo camino esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico y recreativo de la mariguana.
“Se confirma una vez más que los instrumentos que la Constitución tiene para la defensa de los derechos funciona, y que un Tribunal Constitucional es esencial para el desarrollo de estos derechos, para su defensa y para cambios sociales que difícilmente se pueden dar en sede solamente legislativa”, afirmó el presidente del órgano judicial, Arturo Zaldívar.
El pleno de la Corte dejó sin efecto cinco artículos de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal que sancionan con pena de prisión la posesión sin autorización de más de 5 gramos de la yerba, así como el narcomenudeo y el narcotráfico.
“El día de hoy este tribunal constitucional reitera y reafirma, una vez más que su único compromiso es con la Constitución y que actúa con plena independencia y autonomía”, afirmó el ministro Zaldívar, al concluir la sesión de una hora 45 minutos.
Los votos a favor del proyecto fueron de las ministras Piña Hernández y Margarita Ríos Farjat y de los ministros Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Fernando Franco, Juan Luis González Alcántara, Javier Laynez y Luis María Aguilar. En contra votaron Yasmín Esquivel, Alberto Pérez Dayán y Jorge Pardo.
Lo que implica el fallo
La Secretaría de Salud deberá remitir autorizaciones sólo a personas adultas y para los efectos precisados.
La Corte determina que la Cofepris autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC, como sembrar, cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar mariguana.
Entre las limitaciones estará que los adultos no consuman delante de menores, en espacios públicos y que no conduzcan o hagan actividades peligrosas bajo los efectos de dicha droga.
La nueva decisión implica que habrá permisos como los que ya se emiten, que permitirán tener plantas en casa y fumar mariguana en privado.
No hay licencias para la producción, no hay legalización del cultivo en grandes cantidades, no hay comercialización, no hay venta al menudeo.
Cofepris deberá establecer los lineamientos y modalidades para la adquisición de la semilla.
Darán permisos como los que ya se venían emitiendo, la única diferencia es que ya no va a ser necesario litigarlos, según Lisa Sánchez, directora de México Unido contra la Delincuencia (MUCD).
Según MUCD, aún persisten la penalización hacia usuarios de cannabis, toda vez que la decisión no afecta al sistema penal y deja un vacío legal con respecto al consumo, cultivo y distribución.
Fueron 3 prórrogas
La Suprema Corte había dado 3 prórrogas al Congreso para legislar en materia de mariguana.
El Senado de la República, por oficio del 24 de octubre de 2019.
La prórroga se concedió y el plazo transcurrió del 1 de febrero al 30 de abril de 2020. La segunda prórroga fue avalada en sesión privada el 17 de abril de 2020, en el pleno de la Suprema Corte.
Hubo una tercera prórroga. La Cámara de Diputados solicitó ampliar a otro periodo ordinario; fue aprobado y transcurrió del 1 de febrero al 30 de abril de 2021.