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Quitan diputaciones a Alejandra Flores y Pardo Bastida

La Sala Regional Ciudad de Mé-xico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las constancias de mayoría otorgadas a los diputados electos Alejandra Flores Espino-za y Ulises Pardo Bastida, quienes compitieron por la coalición More-na-PES-Nueva Alianza en los distri-tos I y III, con cabecera en Cuernava-ca y Huitzilac.

La resolución, que está sujeta a la re-visión de la Sala Superior del TEPJF, nuevamente impactará en la compo-sición política del Congreso y la re-distribución de las diputaciones plu-rinominales.

En el caso de Alejandra Flores Es-pinoza, la revocación se realizó por la recomposición del cómputo de los resultados de la elección del Distrito I, que devolvió el triunfo a Andrea Valentina Guadalupe Gordillo Vega de la alianza PAN-PSD.

De acuerdo con la sentencia del jui-cio de revisión constitucional SCM-JRC-154/2021 y sus acumulados, la Sala Regional, por unanimidad, revocó la nulidad de la votación en cuatro casillas realizada por el Tribu-nal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), modificó el cómputo final y confirmó la entrega de la constancia de mayoría a Gordillo Vega.

El pasado 15 de julio el TEEM revocó la constancia de mayoría a la diputada electa del PAN-PSD para que fuese entregada a Alejandra Flores Espino-za, quien compitió por su reelección.

El tribunal local validó la anulación de varias casillas, lo que cambió la votación a favor de Flores Espinoza por una diferencia de poco más de 200 votos, pero con la resolución de la Sala Regional, la constancia de ma-yoría retorna a Gordillo Vega.

Esto implicará un nuevo análisis en la distribución de diputaciones pluri-nominales que podría impactar a los partidos Encuentro Social y Movi-miento Alternativa Social.

Como se recordará, tras la senten-cia primigenia, la modificación del resultado en el Distrito I impactó en la designación de plurinominales, ya que para evitar la sobrerrepresenta-ción de partidos en el Congreso local, el TEEM revocó la asignación de la diputación plurinominal a Edi Mar-garita Soriano de Morena, en virtud de la llegada de Alejandra Flores. En su lugar, entró como diputada pluri-nominal Mirna Zavala Zúñiga del Partido Encuentro Social.

También le fue retirada la diputación plurinominal a Miriam Barajas Basi-lio del PAN, y se ordenó la asignación del escaño a Ana Bertha Haro por Movimiento Alternativa Social.

Sin embargo, habrá que esperar el engrose de la Sala Regional para co-nocer el nuevo cómputo en el Distrito I y los parámetros que determinarán la asignación de plurinominales, así como las posibles impugnaciones ante la Sala Superior del TEPJF, que determinará si conforma, revoca o modifica la sentencia.

También, la Sala Regional Ciudad de México, con dos votos a favor y uno en contra, revocó la constancia de mayoría otorgada a Ulises Pardo Bastida como diputado electo por el Distrito III, en virtud de que la comu-nidad de Coajomulco presentó prue-bas novedosas o supervinientes que acreditaron que, el también alcalde de Huitzilac, no cumplió con la autoads-cripción calificada indígena y, por lo tanto, no puede acceder a la diputa-ción por acción afirmativa indígena, ya que fue la propia comunidad quien lo desconoció.

Este caso generó un debate entre las y los magistrados integrantes del Ple-no de la Sala Regional, en virtud de que representantes de la comunidad de Coajomulco presentaron como nueva prueba el acta de la asamblea realizada el 12 de junio, seis días des-pués de la elección en la que se de-terminó que el ayudante municipal, sin su consentimiento y autorización, emitió a Pardo Bastida la constancia de autoadscripción calificada indíge-na, lo que motivó el desconocimiento del candidato propietario, la destitu-ción del ayudante y la anulación de la constancia.

La magistrada María Silva Rojas, quien votó en contra, recordó que con anterioridad se había confirmado la validez de la documentación pre-sentada por Pardo Bastida para com-probar su autoadscripción indígena y que, a pesar de haber nuevos elemen-tos presentados por la comunidad de Coajomulco posteriores a la elección, por la jurisprudencia emitida en 2004 sobre el tema de elegibilidad y mo-mentos de impugnación, la Sala Re-gional estaría impedida para hacer una segunda revisión, a la luz de los principios de definitividad y certeza.

Sin embargo, los magistrados Héctor Romero Bolaños y José Luis Ceballos Daza, quienes avalaron el proyecto, coincidieron que en este caso, tanto el candidato como la persona que les ex-pidió la constancia, fueron descono-cidos por la comunidad y, por lo tanto, el caso exigía un análisis intracultu-ral y de fondo en el contexto actual.

“Lo que es muy importante, lo que está en el fondo del asunto es si una persona que va a integrar un órgano del Estado, bajo un concepto de au-toadscripción, diciendo que es indí-gena cuando realmente no los es, eso es lo que está en el fondo del asunto, y por eso la importancia de proponer un proyecto, realizando un estudio de fondo para dar una respuesta puntual a lo que está planteando ante esta ju-risdicción”, dijo el magistrado Rome-ro Bolaños durante su intervención, al apoyar la resolución que revocó la constancia de mayoría únicamente a Pardo Bastida como propietario de la fórmula, y confirmar la entrega de constancia de mayoría a su suplente Alejandro Martínez Bermúdez.

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