Semarnat tiene conocimiento que el próximo 19 de enero, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutirá el Amparo en Revisión134/2021, en el que una comunidad indígena reclama la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de diversos artículos de la Ley Minera por establecer la preferencia de las actividades mineras sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno, y por disponer la entrega de los territorios indígenas y agrarios-incluida el agua-a las corporaciones mineras hasta por 100 años.
Esta Secretaría expresa su interés en la resolución, toda vez que anteriormente ha manifestado que el derecho a un ambiente sano es primordial y prevalece frente a intereses particulares que explotan las riquezas del subsuelo; es decir, no existe duda de que la preferencia establecida por la Ley para la minería es contraria a la preferencia que derivada de las obligaciones constitucionales- tiene el derecho al medio ambiente sano, y al uso y disfrute preferente de los recursos naturales.