El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro concedió ayer las dos primeras suspensiones definitivas contra la orden de la Secretaría de Energía (Sener) para obligar a las empresas privadas a comprar gas natural a Pemex y la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Estas suspensiones estarán vigentes por tiempo indefinido, mientras se tramita el juicio para aclarar la legalidad de la actuación de la Sener, y benefician a la distribuidora de gas natural francesa Engie y a Tractebel Energía de Pánuco, titular de un permiso de cogeneración eléctrica en Altamira, Tamaulipas.
Gómez Fierro advirtió que, de un estudio preliminar, la orden de la Sener sería violatoria de los artículos 16, 25 y 28 de la Constitución.
Lo anterior, porque la dependencia estaría invadiendo atribuciones exclusivas de la Comisión Regulatoria de Energía (CRE), que es la facultada para normar el transporte y almacenamiento de gas natural, así como la gestión de sistemas de integración, incluido el Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas).
En el oficio impugnado, la Secretaria Rocío Nahle ordenó a las autoridades regulatorias modificar, precisamente, los permisos del Sistrangas para dar prioridad al transporte de gas natural amparado bajo capacidad contratada por CFE, tanto para dicha empresa como para Pemex.
"Si por un lado, se constriñe a los permisionarios para que acrediten el suministro de gas natural por parte de alguna de las empresas productivas del Estado, y se les obliga a contratar el servicio de transporte en cualquiera de sus modalidades en el Sistrangas con dichas empresas y, por la otra, se le otorga una ventaja competitiva a la CFE, así como a las empresas productivas del Estado, es claro que en apariencia existe una transgresión a los principios Constitucionales de competencia y libre concurrencia", agregó Gómez Fierro.
En total, los tres jueces Especializados en Competencia Económica -Gómez Fierro, Rodrigo de la Peza y Ramón Lozano-, han
concedido ya al menos 10 suspensiones contra el oficio SENER.100/195/2022 del pasado 13 de junio, pero las notificadas ayer son las primeras definitivas, pues las demás son, por ahora, provisionales.
Las suspensiones sólo benefician a las quejosas y no tienen efectos generales, por lo que sólo empresas que promuevan amparos quedarán exentas de la aplicación del oficio.
Shell Trading, Gerdau Corsa y Tractebel Energía de Monterrey son otras de las empresas que han promovidos amparos y seguramente también obtendrán suspensiones definitivas.
Según la Sener, los recursos del Estado no están siendo utilizados de manera óptima, porque la CFE sólo aprovecha 68 y 41 por ciento de la capacidad que ha contratado en gasoductos mexicanos y estadounidenses.
Ante la orden de Nahle, el Centro Nacional de Control de Gas Natural (Cenagas) notificó el 27 de junio a las empresas privadas nueve puntos de recepción específicos del Sistrangas sujetos a la directiva en favor de las empresas estatales, y les dio hasta el 13 de agosto para acreditar que ya contrataron el suministro con Pemex o CFE.
CAMBIO DE REGLAS
El oficio SENER.100/195/2022 del pasado 13 de junio, el cual busca cerrar la válvula a las empresas que importan su propio gas y utilizan el Sistema Nacional de Gasoductos (Sistrangas) para transportarlo a sus puntos de consumo, provocó una cadena de amparos.
-- La titular de la Sener, Rocío Nahle, envió el oficio a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y al Centro Nacional de Control del Gas Natural (Cenagas) en el que les da instrucciones para modificar regulaciones y contratos de transporte de gas.
- El documento establece que la adquisición de gas en los puntos de internación del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangas) debe estar respaldada por un contrato de suministro ya sea con la CFE o con Pemex.
- La Sener argumentó que los recursos del Estado no están siendo utilizados de manera óptima, porque la CFE sólo aprovecha 68 y 41 por ciento de la capacidad que ha contratado en gasoductos mexicanos y estadounidenses, respectivamente.
- Cenegas fijó el 13 de agosto como fecha límite para acreditar que las empresas ya contaban con el suministro de la CFE o Pemex y así seguir usando el Sistrangas.
- Tras la medida, al menos una docena de empresas afectadas promovió amparos.