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En Morelos ya no es legal el matrimonio entre menores de edad

A partir de este jueves los menores de 18 años de edad no se podrán casar aun y cuando tengan el consentimiento de sus padres, lo anterior tras las reformas al Código Familiar y al Código Procesal Penal.
Ayer, en el periódico oficial “Tierra y Libertad” se publicó el decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones al Código Familiar y del Código Procesal Familiar por el que se impide la unión en matrimonio entre menores de 18 años.
El objetivo de esta reforma es fomentar la protección de niñas, niños y adolescentes. En la legislación anterior contemplaba que no se permitía el matrimonio entre menores, existía la salvedad que un juez de lo familiar podría conceder dispensas de edad cuando ambos contrayentes comparecieran de manera voluntaria y con el consentimiento de sus padres.
Ahora, no existe posibilidad de hacer la dispensa de la edad, tema que permitió homologar las leyes locales con la Estrategia Nacional para la Prevención de Embarazos en Adolescentes (ENAPEA).

Disolución del matrimonio
Respecto de las personas que hayan contraído matrimonio hasta antes de la entrada en vigor la presente reforma siendo menores de 18 y mediante dispensa, se regirá de acuerdo a las disposiciones legales que se encontraban vigentes a la celebración del mismo.
El documento publicado establece que se pretende “no dejar en estado de indefensión a quienes se encuentran en una situación así, procurando la mayor protección de sus derechos”.
Asimismo, se establece que el tutor no puede contraer matrimonio con la persona que ha estado o está bajo su guarda, a no ser que obtenga dispensa, la que no se le concederá por el Juez de lo familiar respectivo, sino cuando hayan sido aprobadas las cuentas de la tutela.

No se permiten trampas
Por último, quedó establecido que se tomarán medidas precautorias del oficial del registro civil para evitar la comisión de probables actos ilícitos respecto del acta matrimonial, es decir los pretendientes que declaren maliciosamente un hecho falso o su identidad, o los médicos que se conduzcan falsamente al expedir un certificado serán consignados al Ministerio Público.

Por: Marcela García /  marcela.garcia@diariodemorelos.com

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