El recordatario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación causó opiniones divididas al considerar que la medida es injusta.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que la doble jornada en casa, que realizan, principalmente las mujeres que trabajan, les deberá ser compensada en caso de divorcio.
La medida fue recordada y publicitada por la Corte en sus redes sociales, en donde recibió críticas a favor y en contra, tanto de hombres como de mujeres.
A través de su cuenta en Twitter, la SCJN recordó que “el cónyuge que se dedicó a las tareas del hogar y realizó un trabajo remunerado (doble jornada laboral) tiene derecho a una compensación, aún cuando el matrimonio se haya contraído bajo el régimen de separación de bienes”.
Somos la que llevamos acabo todo lo de casa, a veces dicen que no hacemos nada, pero administramos la casa.”
Maricruz
Cuando yo trabajo mi esposa se encarga de hacer las labores domesticas, cuando estamos los dos en casa, nos apoyamos.”
Héctor
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que la doble jornada en casa, que realizan, principalmente las mujeres que trabajan, les deberá ser compensada en caso de divorcio.
La medida fue recordada y publicitada por la Corte en sus redes sociales, en donde recibió críticas a favor y en contra, tanto de hombres como de mujeres.
A través de su cuenta en Twitter, la SCJN recordó que, la tesis vigente a partir de 2018, ADR 4883/2017 establece que “el cónyuge que se dedicó a las tareas del hogar y realizó un trabajo remunerado (doble jornada laboral) tiene derecho a una compensación aún cuando el matrimonio se haya contraído bajo el régimen de separación de bienes”.
Dicho criterio precisa que “la figura de la compensación permite que un cónyuge pueda tener la posibilidad de demandar del otro hasta un porcentaje de los bienes que hubieren adquirido en aquellos matrimonios celebrados bajo el régimen de separación de bienes siempre y cuando, durante éste, hubiera reportado un costo de oportunidad por asumir determinadas cargas domésticas y familiares en mayor medida”.
“Así, la finalidad de la institución es reivindicar el valor del trabajo doméstico y de cuidado, largamente invisibilizado en nuestra sociedad, asegurando la igualdad de derechos y de responsabilidades de ambos cónyuges”, agrega la tesis.
El largo listado de respuestas que los usuarios de la red y seguidores de la cuenta de la Corte dieron a la publicación se dividió entre quienes están en contra y a favor.
Entre las respuestas se leyeron comentarios como los siguientes: “más que perspectiva de género, estos criterios denotan una idealización del género, lo cual genera graves riesgos”, o “los hombres que realizan actividades domésticas, reparaciones y mantenimiento de la vivienda, que trabajan horas extras o en dos trabajos ¿también reciben compensación? ¿o la ley se tuerce “con perspectiva de género” sólo en favor de la mujer?”.
O, como este, que apoya el criterio: “me parece justo el criterio, ya que en algunos casos los quehaceres domésticos no son valorados. A quien no le guste es muy fácil, no dejen sola a la pareja y compartan responsabilidades y así estarán en iguales circunstancias (…)”.
Uno más comentó: “los hombres que realizan actividades domésticas, reparaciones y mantenimiento de la vivienda, que trabajan horas extras o en dos trabajos ¿también reciben compensación? ¿o la ley se tuerce “con perspectiva de género” sólo en favor de la mujer?