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Cierra Corte a la FGR el acceso a cuentas

 

La Corte determinó que es inconstitucional que la Fiscalía General de la República (FGR) acceda a información bancaria y financiera, sin autorización previa de un juez.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte falló ayer contra el Artículo 142, fracción I, de la Ley de Instituciones de Crédito, que obliga a los bancos a entregar información al Ministerio Público Federal durante la investigación de un delito.

Al haber sido adoptado por mayoría de cuatro votos, este criterio será obligatorio para todos los jueces del País que conozcan de amparos contra la FGR por haber recabado este tipo de datos sin permiso de un juez de control.

La Primera Sala había resuelto sobre este tema en octubre de 2017, cuando concedió el primer amparo contra el Artículo 142, pero en esa época aún no estaba vigente el actual sistema de precedentes y, por tanto, el criterio no era obligatorio para los jueces.

En la sesión de ayer, la Primera Sala concedió el amparo al abogado Peter Bauer, cuñado del magistrado y ex Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas.

Bauer fue acusado en 2019 de fraude fiscal, para lo cual la FGR solicitó y obtuvo múltiples informes por medio de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

Pero la mayoría determino hoy que, bajo las reglas del actual sistema penal acusatorio, la FGR tiene que recabar las pruebas bajo supervisión de un juez de control, y no de manera unilateral.

Ámbito: 
Nacional
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