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Advierten fraude a la Constitución

Anulan traslado de Guardia Nacional a Sedena. Indican ministros que no es su papel decidir si reforma fue acertada
 

 

Al analizar la transferencia del control operativo y administrativo de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), los ministros Javier Laynez y Jorge Pardo Rebolledo destacaron ayer que no corresponde a la Suprema Corte valorar si ese traslado es válido o no, sino que su función es defender la Constitución.

"No considero que como jueces nos corresponda analizar si el esquema propuesto en el decreto impugnado es el único válido o no para nuestro país, o si fuera del cual todo sería corrupción. Dicho análisis y las medidas conducentes para su corrección corresponden al constituyente permanente.

"Como lo protestamos al asumir el cargo, nuestro compromiso con el país y con la sociedad reside en lo que juramos: defender y hacer guardar la Constitución", dijo Laynez.

Margarita Ríos Farjat destacó que la reforma legal puso a la GN al servicio de dos dependencias, lo que genera un riesgo de seguridad jurídica para la sociedad, y recordó que la participación directa de las Fuerzas Armadas en seguridad pública está regulada por un transitorio de la reforma constitucional de 2019, que sólo estará vigente hasta 2028.

Por ocho votos contra tres, el pleno de la Corte invalidó las partes centrales de la reforma de septiembre de 2022 a varias leyes secundarias, por la cuales se asignó a la Sedena el control de la GN, previamente en manos de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

"Resulta inconstitucional el traslado administrativo, presupuestario, orgánico, funcional y de mando que el Decreto impugnado, a través de los artículos analizados en este apartado, realiza. Éste se opone al texto del artículo 21 que, como una garantía del carácter civil de la GN, incorpora expresamente que ésta deberá quedar incorporada a la dependencia del ramo de la Seguridad Pública", indica el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, que reunió los ocho votos necesarios para la invalidez.

La invalidez abarca toda la transferencia de funciones a la Sedena, prevista en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como parte de la Ley de la GN, incluida la porción del artículo 12 que colocó al Secretario de la Defensa como el mando superior de esa corporación.

Además, se eliminaron reformas por las que los integrantes de la GN quedaron sujetos al régimen disciplinario y de justicia de las Fuerzas Armadas, en contraste a la versión original, por las que los soldados y marinos que pasaron a la Guardia se separaron temporalmente de sus funciones castrenses.

"Resultaría en un fraude a la Constitución considerar que esa institución policial conserva su carácter civil y se rige por una doctrina policial, si sus integrantes son militares, sometidos a la jurisdicción y al régimen disciplinario militar, desarrollando funciones militares y actuando bajo la normativa militar", afirmó González Alcántara.

La Corte también anuló los cambios que otorgaron al titular de la Sedena la facultad de proponer al Presidente el nombre del Comandante de la GN, que antes proponía la titular de la SSPC.

Con base en esta facultad, en enero pasado el Presidente designó al General de División retirado David Córdova Campos en el cargo. La sentencia no afecta dicho nombramiento, porque no tiene efectos retroactivos.

Otro artículo anulado fue el tercer transitorio, que ordenaba excluir de la GN a los elementos que pertenecieron a la Policía Federal, salvo que hubiera convenios con la SSPC para utilizarlos.

Además de Arturo Zaldívar, votaron en contra Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, reiterando así el bloque que rutinariamente ha apoyado las reformas del actual Gobierno.

Zaldívar intervino para defender sus comentarios del pasado lunes, que afirmó, fueron caricaturizados. Acusó que hay muchos "constitucionalistas de ocasión", y recordó que, en 2018, cuando votó por invalidar la Ley de Seguridad Interior, la Constitución no permitía la participación de militares en seguridad pública, lo que sí se prevé desde 2019.

La Corte, en cambio, avaló partes de la reforma que permitieron a los marinos adscrito a la GN regresar a la Armada, o incorporarse al Ejército para permanecer en la corporación policiaca, así como el requisito de no ser miembro de las Fuerzas Armadas para quienes aspiran a ingresar a la GN a partir de septiembre de 2022.

Algunos artículos de la reforma prevén la colaboración de la GN con mandos de las zonas navales y militares. Ese tema provocó un debate y cierta confusión, pero a fin de cuentas hubo mayoría por su validez.

 

 

 

CÓMO VOTARON

 

Postura de los 11 ministros de la Suprema Corte sobre el traslado del control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Sedena.

 

POR ANULAR EL TRASPASO

 

 

Juan Luis González Alcántara

 

"Resultaría en un fraude a la Constitución considerar que (la GN) conserva su carácter civil... si sus integrantes son militares en activo, sometidos al régimen militar".

 

 

Norma Piña

 

"Las funciones de seguridad ciudadana son de la competencia exclusiva de autoridades civiles, y a las Fuerzas Armadas les corresponde... la seguridad nacional".

 

 

Luis María Aguilar

 

"El artículo 21 de la norma suprema establece que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la GN, serán de carácter civil, disciplinado y profesional".

 

 

Margarita Ríos Farjat

 

"Me resulta difícil imaginar que una institución de carácter civil (la SSPC) retenga la dirección de la Guardia Nacional, si no posee el control operativo y administrativo".

 

 

Javier Laynez

 

"Como lo protestamos al asumir el cargo, nuestro compromiso con el país y con la sociedad reside en lo que juramos: defender y hacer guardar la Constitución".

 

 

Jorge Pardo

 

"Nuestro Constituyente Permanente puso un candado que es expreso y que no es debatible: (la GN) es una institución que debe ser civil y debe estar adscrita a la SSPC".

 

 

Alberto Pérez Dayán

 

"Si la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal... transfirió la GN a la Sedena, que antes tenía a su cargo la SSPC, su inconstitucionalidad es evidente".

 

 

Alfredo Gutiérrez

 

"Al declararse la inconstitucionalidad de sus porciones normativas se presentan diversos escenarios que necesitan una transitoriedad, que deben ser reglamentados".

 

 

 

EN CONTRA DE LA ANULACIÓN

 

 

Arturo Zaldívar

 

"Es válido y correcto votar por la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior y por la constitucionalidad de los temas de Guardia Nacional que estamos analizando".

 

 

Yasmín Esquivel

 

"La facultad (de la Sedena) de formular los instrumentos normativos... debe apegarse a la estrategia de seguridad pública y queda subordinada... a la autoridad civil".

Ámbito: 
Nacional
Tema/Categoría: