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REFORMA: Amaga con consulta para golpear a Corte

 
Dicta AMLO la pregunta que debe estar en boleta. Presionan Presidencia y morenistas proceso para que ministros se elijan por votación
 

 

La pregunta de la consulta que promueve la 4T para sustituir a la Corte actual ya está lista. Pero lo que no está resuelto es la viabilidad legal de la misma.

En medio de ataques contra los actuales ministros, el Presidente Andrés Manuel López Obrador impulsó ayer la consulta popular para elegir jueces y ministros, y hasta dictó la pregunta que debe estar en la boleta.

"¿Por qué no preguntarle a la gente (quién debe ser ministro)?, ¿por qué no consultar a los ciudadanos?", dijo en su conferencia mañanera. "El pueblo tiene que participar en estas decisiones.

"Podemos argumentar la importancia de que los ministros de la Corte, los magistrados, los jueces, sean electos, los elija el pueblo, con voto universal, directo, secreto, que no los elija o nombre la élite del poder, sino que sea el pueblo", expresó.

El Presidente avaló que el procedimiento se realice conforme la Ley de Consulta Popular, a diferencia de lo que ocurrió en el proceso para cerrar el NAIM, cuando la consulta que convocó no fue vinculante y se hizo fuera del marco legal.

"Hasta los mismos ministros de la Corte, de acuerdo a la ley, son los que tienen que revisar la pregunta, y es muy sencilla: '¿Quieres que se elijan a los jueces, a los magistrados, a los ministros de la Corte que forman parte del Poder Judicial, sí o no?' Ahí está la pregunta. Ya y a votar", planteó.

Sin embargo, AMLO no reparó en que la pregunta de la consulta atañe a una reforma constitucional, por lo que especialistas en Derecho han considerado inviable someterlo a votación.

El senador Germán Martínez, del Grupo Plural, reviró sobre la iniciativa, ya que hay normas que no pueden someterse a votación, como la esencia del Artículo 40 constitucional.

"Ni la República representativa ni la condición democrática ni la laica se pueden someter a votación", afirmó el senador.

Martínez se refirió a que la consulta popular está regulada por el Artículo 35 constitucional, que prohibe someter a votación en esos procesos temas de derechos humanos reconocidos por la Constitución y los principios consagrados en el Artículo 40 de la misma. Tampoco puede consultarse sobre la materia electoral.

Además, la última palabra sobre la consulta la tiene la propia Corte.

El Artículo 35 establece que la Corte "resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta".

Conforme la Ley de Consulta Popular, ésta debería realizarse el primer domingo de agosto. Pero para llevarse a cabo, antes debe aprobarse por mayoría simple en Cámara de Diputados y en la de Senadores.

Después de ello, deberá enviarse la pregunta a la Corte para que decida sobre la constitucionalidad y validez de la misma.

Por la naturaleza del cuestionamiento, la decisión implica un cambio constitucional, además de que la Corte resultará "juez y parte" al definir su propio futuro.

El diputado José Elías Lixa, del PAN, descalificó la consulta y dijo que todo era una trampa.

"Estamos ante un ataque orquestado contra la Corte y no debemos caer en la trampa, primero con una propuesta absurda de consulta popular, contraria a Constitución", advirtió.

AMLO no aclaró si quiere la consulta para este o el próximo año.

Con información de Claudia Salazar y Mayolo López

 

 

 

 

RUTAS Y ATAJOS

 

AMLO y Morena promueven una consulta popular para decidir si los Ministros de la Corte deben ser electos por voto en las urnas y después tomar una decisión política desde la Presidencia, un camino recorrido en la cancelación del NAIM en Texcoco. Pero la ruta legal no permite atajos:

 

 

EL CAMINITO

 

1 Campaña contra Ministros

 

2 Consulta pública que avale propuesta Presidencial

 

3 Victoria electoral en 2024 en Congreso

 

4 Cambiar Constitución con mayoría calificada

 

5 Confección de una Corte a modo de 4T

 

 

 

PERO LA LEY DICE

 

1. La consulta debe aprobarla la mayoría del Congreso.

2. Voto mínimo de 42 millones de electores para ser válida.

3. La Corte debe aprobar constitucionalidad de la Consulta.

4. La Consulta propuesta implica una reforma constitucional que es materia del Congreso.

5. Si la Corte rechaza la propuesta NO habrá Consulta popular.

Ámbito: 
Nacional
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