El proyecto pretende suspender todos los eventos, actos, recorridos, difusión y propaganda asociados al proceso de selección del Frente Amplio por México
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) podría frenar la convocatoria del Frente Amplio por México, el cual tiene por objetivo arrojar a la persona que encabezará la candidatura presidencial de la oposición.
El proyecto de la magistrada Janine Otálora considera que existe un riesgo en la equidad de la contienda para las elecciones de 2024.
En caso de aprobarse, este proyecto plantea detener las actividades para obtener el apoyo de las militancias, además de suspender actos, recorridos y propaganda de los participantes.
“Es necesario declarar la invalidez del procedimiento para la selección de la persona responsable de la Construcción de un Frente Amplio por México en aras de salvaguardar los principios rectores en la materia, así como los que deben regir en los procesos comiciales, tales como la legalidad y la equidad en la contienda”, señala el proyecto al que tuvo acceso el diario El Universal.
¿Cómo perjudica a las elecciones del 2024?
Janine Otálora consideró que los electores estan expuestos a una sobreexposición propagandística del Frente Amplio por México
“Es de advertir que la sobreexposición de las y los aspirantes al cargo de Responsable de la Construcción del Frente Amplio por México, y de la persona que resulte vencedora en el proceso, implicará para el momento del inicio del proceso electoral, una vulneración a los principios de certeza, legalidad y equidad en la contienda electoral”, se explica en el proyecto.
Por tanto, se propone ordenar a los partidos políticos PRI, PAN y PRD, así como a las personas aspirantes que actualmente estén realizando actividades para obtener el apoyo de la militancia, simpatizantes y ciudadanía en general un freno a las actividades; sin embargo, el proyecto se discutirá hasta mañana.
La discusión del documento se prevé que sea este miércoles durante la sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral.
“La Convocatoria denunciada no solamente constituye un acto intrapartidista, sino por el contrario es un acto paralegal con consecuencias para el sistema electoral en su conjunto que no puede quedar ajena de control jurisdiccional”, sostiene.