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Ordena Corte a Congreso

 

La Suprema Corte de Justicia ordenó ayer al Congreso de la Unión derogar la penalización del aborto, prevista en el Código Penal Federal (CPF) desde 1931.

Los cuatro Ministros y la Ministra de la Primera Sala de la Corte declararon inconstitucionales los artículos 330 al 334 del CPF, que nunca han sido reformados, y que imponen diversas penas de prisión por la práctica de abortos voluntarios en instalaciones federales, como pueden ser los hospitales del IMSS, del ISSSTE y de la Secretaría de Salud (Ssa).

Los Ministros Alfredo Gutiérrez, Arturo Zaldívar y Juan Luis González Alcántara fueron los que impusieron su mayoría para ordenar la derogación, tal y como hicieron la semana pasada al revisar el Código Penal de Aguascalientes, y es previsible que harán lo mismo para los 20 estados que aún lo penalizan, conforme la Corte vaya recibiendo otros amparos similares al del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE).

Los artículos que el Congreso de la Unión tendrá que derogar, sancionan con seis meses a un año de cárcel a la mujer que aborta voluntariamente, siempre y cuando "no tenga mala fama", "haya logrado ocultar su embarazo" y "que este sea fruto de una unión ilegítima", pues si no concurren dichas circunstancias, la pena es de uno a cinco años.

Ámbito: 
Nacional
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