Cometieron un error de técnica, al agruparse para promover una sola Controversia, resuelve el máximo tribunal del País
Un revés recibieron los 18 municipios de Morelos que promovieron una Controversia Constitucional para impugnar la reforma constitucional que aprobó el Congreso morelense, para legalizar el matrimonio (igualitario) entre personas del mismo sexo.
El día de ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), desechó el recurso “por notoria improcedencia”, y es que los ayuntamientos inconformes cometieron un grave error técnico al “agruparse” para promover una sola controversia, no obstante que el máximo tribunal del País ha establecido repetidamente que estas demandas no se pueden promover de manera grupal.
De esta manera, los ayuntamientos de Morelos quedaron “exhibidos” y sin la oportunidad de volver a presentar nuevas controversias por separado, debido a que el recurso “grupal” fue presentado en el último día del plazo legal de 30 días hábiles que disponían, una vez que la reforma constitucional que legaliza el matrimonio igualitario fue publicada en el periódico oficial “Tierra y Libertad”.
Los 18 municipios inconformes argumentaron en su fallida Controversia Constitucional que el procedimiento para la aprobación de la reforma al artículo 120 de la Constitución local, “no siguió el procedimiento necesario y que no todos los ayuntamientos requeridos dieron su visto bueno, pese a lo cual el Congreso estatal dio por aprobados los cambios a la Constitución en la sesión del 29 de junio”.
Los ayuntamientos que “erraron” al presentar de manera grupal la Controversia que había quedado registrada con el número 90/2016 fueron: Amacuzac, Atlatlahucan, Coatlán del Río, Jojutla, Jonacatepec, Mazatepec, Miacatlán, Ocuituco, Tepalcingo, Tepoztlán, Tetela del Volcán, Tlaltizapán, Zacualpan de Amilpas, Zacatepec, Temoac, Ayala, Xochitepec y Tlalnepantla.