Uno de los argumentos de la oposición para justificar este vez la necesidad de revisar el andamiaje jurídico que ha permitido esta aritmética electoral durante más de una década es que en esta ocasión el margen es muy amplio. En 2012, por ejemplo, la coalición PRI-PVEM obtuvo el 40% de los votos y le correspondió el 48.2% de las curules, es decir, rebasaron en 0.2% el límite constitucional. En este momento en la balanza pesa el excedente de casi 20%, así como mayoría calificada en la Cámara baja, además de estar a nada de replicarlo en el Senado. Morena considera que los argumentos de la oposición son políticos y no jurídicos, un intento de solucionar en los tribunales lo que no lograron en las urnas.
Expertos, consejeros y constitucionalistas coinciden en que la sobrerrepresentación no es novedad. Javier Martín Reyes investigador especializado en derecho electoral y constitucional, refiere que se ha convertido en una práctica común de los partidos que actúan intencionalmente. Sin embargo, nunca se había llegado a niveles tan elevados. “El problema se ha venido incrementando por una estrategia deliberada de los partidos políticos. Primero fue el PRI y el PVEM y ahora es Morena y sus aliados por hacer lo que técnica y jurídicamente llamamos un fraude a la Constitución”, señala. La Sala Superior del TEPJF será la última instancia, vía las impugnaciones, en la que recaiga el tema y su resolución. El INE por ley debe hacer el reparto de las 200 curules plurinominales en la Cámara baja y los 64 escaños en el Senado; 32 de primera minoría y 32 plurinominales. Será antes del 23 de agosto. La misma fecha límite que tienen los magistrados para resolver impugnaciones al respecto.
Lo que dicen las leyes
La Constitución señala en su artículo 54 que “ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados por ambos principios”. El mismo apartado establece el límite de sobrerrepresentación del 8% por agrupación política. “En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida. Esta base no se aplicará al partido político que, por sus triunfos en distritos uninominales, obtenga un porcentaje de curules del total de la Cámara, superior a la suma del porcentaje de su votación nacional emitida más el ocho por ciento”.
Estos límites, impuestos en la reforma de 1996, también suponen que para obtener espacios plurinominales cada partido, en lo individual, debe acreditar la postulación de al menos 200 candidatos en igual número de distritos. El objetivo además de que ninguna fuerza política tenga dos tercios de los 500 diputados, es que las minorías, el 33% de los legisladores, puedan interponer recursos de inconstitucionalidad. El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) también fue reformado en 1996 y elevó esas mismas dos limitaciones, por número de diputados y por porcentaje, no solo a los partidos, sino también a las coaliciones.
En 2008 se volvió a reformar el Cofipe para eliminar esta vez las limitaciones a las coaliciones y permitir, por tanto, la sobrerrepresentación. Martín Reyes refiere que la insistencia de los partidos en defraudar la Constitución, aunado a las implicaciones que hay en que una fuerza política pueda cambiar el texto constitucional sin obstáculos, son argumentos de peso para replantear los criterios. “Es una razón adicional para regresar a la interpretación original. Si entendemos que los tribunales están para hacerse cargo de la realidad, tendrían que reconocer que es un problema creciente”, considera.
Antecedentes de sobrerrepresentación
El incumplimiento del 8% que establece la Constitución como tope de sobrerrepresentación por partido no es novedad, ha sido vulnerado por todas agrupaciones políticas en las últimas renovaciones de la Cámara de Diputados, escudados en la figura de coalición. En 2015 PRI-PVEM alcanzaron el 40,3% de los votos y el 50% de diputados, 9,7% más del límite permitido. Para la elección de 2018, Morena, PVEM y PT, lograron el 45,9% de los sufragios efectivos, sin embargo, obtuvieron el 61,6% de las curules, una sobrerrepresentación de 15,7%, superando el límite casi al doble.
En el pasado los partidos han reclamado estos rebases. En 2015, el hoy alto funcionario del Gobierno Pablo Gómez, entonces representante del PRD ante el INE, exigía al INE frenar la sobrerrepresentación de la coalición PRI-PVEM bajo la premisa de que era un engaño. Los llamados “diputados sandía”, denominados así por ser verdes por fuera pero rojos por dentro le dieron en el juego de los plurinominales más diputaciones al Verde. Horacio Duarte, entonces representante de Morena, los llamó “delincuentes de cuello verde” y acusó a ambos partidos de crear un “modelo de defraudación electoral”.
El papel de INE y del TEPJF
El encaje jurídico actual favorece a las coaliciones que acumulan juntas más votos y penaliza a los partidos. El caso más flagrante es el del PAN, que con 10 millones de votos obtiene 68 legisladores, aunque tendría derecho hasta a 108 curules. Con la formula actual será la tercera fuerza en el Legislativo por detrás del PVEM, esta vez aliado de Morena, aunque obtuvo la mitad de sufragios. En 2015 el PAN, PRD y Morena presentaron las primeras impugnaciones para frenar la sobrerrepresentación. Se alertó de la praxis de los partidos de postular candidatos de otras agrupaciones políticas — más pequeñas— por ir coaligados y obtener así mayor número de espacios plurinominales. En 2018 se repitió la queja de diversos partidos políticos de oposición. Las controversias llegaron al TEPJF, sin embargo, se confirmó el reparto, con la anotación de que se debería revisar el tema por la afectación al equilibrio en el Congreso.
En INE buscó subsanar el problema en el proceso electoral de 2021, estableció la figura de la “afiliación efectiva”. Se buscaba comprobar la militancia real del candidato postulado por una coalición al momento del registro. Morena impugnó ante el TEPJF el acuerdo. El dirigente del partido, Mario Delgado, calificó de “triquiñuela” del instituto para evitar que la agrupación conservara la mayoría absoluta en la Cámara baja. El recurso no transitó.
Uuc-kib Espadas, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos del INE, primera instancia en la que se discutirá y votará el proyecto de resolución, advierte que “hay que tener muy presente que la autoridad electoral tiene facultades limitadas en su capacidad de interpretar especialmente el texto constitucional. Y que se requerirían razones legales de verdad muy poderosas, para aplicar la Constitución de manera diferente a lo que textualmente dice. Cómo razones de fallos jurisdiccionales que obligaran a ello. Tendrían que haber procesos judiciales hablando de que se debe tomar a la coalición como partido político para que el INE pudiera hacer una cosa así”.
El tema tensa el ambiente político
Al debate se han subido la oposición, Morena, empresarios, funcionarios y el Gobierno. La presidenta del INE, Guadalupe Taddei, ha salido a declarar que el organismo “se apegará 100% a la Constitución y a las leyes”. Dentro de la coyuntura están las voces que ponderan el análisis a fondo por la complejidad que implica interpretar la Constitución. El consejero Jaime Rivera pide no adelantar los tiempos, pero sobre todo, no viciar el proceso con juicios anticipados.
López Obrador ha defendido la mayoría calificada del partido que fundó y sus satélites. Con esos votos pretende aprobar el paquete de 18 reformas constitucionales conocido como Plan C. Ha echado mano de su conferencia matutina para insistir sobre la legalidad del reparto. Aunque ha reconocido que Morena tiene sobrerrepresentación porque “así lo establece la ley”. Esta semana el mandatario criticó la concentración convocada por la Marea Rosa para este domingo: “Hay que procurar no hacer el ridículo”, dijo.